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Es una garantía a través
de la cual el banco emisor se compromete al pago a un acreedor (beneficiario),
si uno o más deudores u obligados contractuales (ordenante) no
cumplen con sus compromisos; ya sea el pago de adeudos derivados de operaciones
financieras, comerciales o de servicios.
Para hacerla efectiva, normalmente,
solo requerirá de la presentación de una reclamación
por escrito o certificación de incumplimiento (written statement)
suscrita por el beneficiario, pudiendo acompañarse del título
de crédito vencido y no pagado.
Moneda:
Características:
- Irrevocable (no se puede cancelar o modificar total
o parcialmente durante su vigencia a menos de que las partes que intervienen
den su conformidad).
Forma de pago:
- A la vista o a plazo contra certificación
de incumplimiento suscrita por el beneficiario.
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