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¿Puedo solicitar
este crédito si cotizo a una Institución diferente al
IMSS? |
No, es requisito
indispensable cotizar al IMSS porque debes de cubrir por lo menos tres
años ó 18 bimestres, asimismo disponer de una relación
laboral vigente.

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¿Puedo solicitar
el crédito hipotecario si tengo uno vigente en el Infonavit? |
No es posible debido
a que la ley del Infonavit no lo permite.

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¿Puedo utilizar los
recursos de mi subcuenta vivienda para darlos como enganche o como
aportación al crédito una vez autorizado? |
Los recursos de
la subcuenta vivienda solo podrán utilizarse como pago contingente
y únicamente cuando exista pérdida del trabajo o relación
laboral.

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¿Puedo realizar
pagos anticipados? |
Sí, estos se abonan al capital y los tendrás
que tramitar directamente en la Sucursal.

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¿Puedo obtener una
vivienda cuyo valor es superior a $500,000? |
No, el monto máximo
de la vivienda debe ser de $495,000 y como valor mínimo es de $300,000.

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Una vez liquidado el crédito,
¿qué pasa con el saldo de la subcuenta INFONAVIT? |
El INFONAVIT lo entregará
al trabajador de acuerdo a lo que se establece en la ley.
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